El martes 9 de junio de 2026, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil emitió una resolución que favorece a la FIFA y al Estadio Ciudad de México, antes conocido como Azteca, en la disputa legal con los dueños de palcos y plateas. Esta decisión suspende las medidas precautorias que permitían a los palcohabientes ingresar alimentos, bebidas y vehículos durante la Copa Mundial de la FIFA 2026, que se celebrará en México, Estados Unidos y Canadá.
La controversia surgió a partir del contrato de 99 años que otorga a los titulares de palcos el uso libre de estos espacios, pero que ahora se ve limitado por la necesidad de garantizar la organización y seguridad del torneo. Aunque anteriormente los Juzgados Sexto y Séptimo de Distrito habían fallado a favor de la Asociación Mexicana de Titulares de Palcos y Plateas (AMTPP), encabezada por Manuel Negrete y Roberto Ruano, esta nueva resolución revoca esas medidas precautorias.
El juez argumentó que mantener las excepciones para el ingreso de vehículos, alimentos y bebidas podría afectar el interés público y entorpecer la preparación del evento deportivo más importante a nivel mundial. Además, subrayó que la FIFA es la autoridad máxima en la organización del Mundial, por lo que tanto el estadio como los involucrados deben acatar sus lineamientos para asegurar el desarrollo adecuado del certamen.
En respuesta a esta resolución, Roberto Ruano, vicepresidente de la AMTPP, hizo un llamado a Emilio Azcárraga para entablar diálogo, advirtiendo que, de no lograrse un acuerdo, podrían movilizar a integrantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) y transportistas para protestar durante la inauguración del Mundial, programada para el 11 de junio de 2026. Ruano expresó su disposición a impedir el primer partido del torneo si no se atienden sus demandas.
El juzgador concluyó que negar la suspensión solicitada por la FIFA y el Estadio Ciudad de México pondría en riesgo los acuerdos previos para la realización del Mundial, afectando la aplicación uniforme de las reglas en los 16 estadios sede. Por lo tanto, la medida busca evitar cualquier obstáculo que pueda entorpecer la organización y ejecución del evento internacional.
Este fallo refleja la tensión entre derechos adquiridos y el interés colectivo en la organización de un evento que, más allá del espectáculo deportivo, representa una oportunidad para fortalecer la infraestructura y el acceso a servicios públicos, como el transporte y la seguridad, en beneficio de la sociedad. En este contexto, es fundamental que las autoridades y los actores involucrados prioricen el bien común y la justicia social, evitando que intereses particulares obstaculicen proyectos que pueden contribuir a la igualdad y al desarrollo colectivo.
