Regresa la Guardia Nacional con facultades para multar a conductores en carreteras federales

In Nacional
mayo 27, 2026

El 26 de mayo de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal. Esta reforma otorga a los elementos de la Guardia Nacional la facultad de inspeccionar vehículos, dirigir el tránsito, verificar sistemas de frenado, emitir dictámenes técnicos, elaborar actas-convenio y sancionar a los conductores que incumplan las normas en las vías federales del país.

El decreto busca actualizar el marco legal para preservar la seguridad de los automovilistas y fortalecer la colaboración con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) con el fin de prevenir accidentes carreteros. La Guardia Nacional también apoyará al personal de la SICT en la verificación de conductores de vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y transporte privado.

Se establecen sanciones para quienes se nieguen a acatar las órdenes de la Guardia Nacional, entreguen documentación incompleta o incurran en conductas agresivas contra policías, autoridades o personal de servicios de emergencia. La SICT, a través de la Guardia Nacional, tendrá la responsabilidad de sancionar infracciones, colaborar con autoridades en la persecución y detención en casos de flagrancia, y brindar apoyo general a las autoridades investigadoras.

Entre las facultades actualizadas, la Guardia Nacional podrá emitir amonestaciones verbales para orientar a conductores, pasajeros o peatones sobre el cumplimiento del reglamento. Además, podrá mantener bajo custodia a personas y vehículos involucrados en hechos de tránsito para facilitar las investigaciones correspondientes, así como expedir constancias relacionadas con infracciones o accidentes.